Garantía de conformidad
Si el producto no fuera conforme con el contrato (error en la preparación, en la añada, producto roto), el usuario podrá optar entre exigir la sustitución del producto, la rebaja del precio o la resolución del contrato conforme a la Ley. La resolución no procederá cuando la falta de conformidad sea de escasa importancia.
Se considerará desproporcionada la forma de saneamiento que en comparación con la otra, imponga al vendedor costes que no sean razonables, teniendo en cuenta el valor que tendría el producto si no hubiera falta de conformidad, la relevancia de la falta de conformidad y si la forma de saneamiento alternativa se pudiese realizar sin inconvenientes mayores para el consumidor y usuario.
Para determinar si los costes no son razonables, los gastos correspondientes a una forma de saneamiento deben ser, además, considerablemente más elevados que los gastos correspondientes a la otra forma de saneamiento.
La rebaja del precio será proporcional a la diferencia existente entre el valor que el producto hubiera tenido en el momento de la entrega de haber sido conforme con el contrato y el valor que el producto efectivamente entregado tenía en el momento de dicha entrega.
Cuando el empresario envíe al consumidor y usuario los bienes comprados, el riesgo de pérdida o deterioro de éstos se transmitirá al usuario cuando él o un tercero por él indicado, distinto del transportista, haya adquirido su posesión material.
No obstante, en caso de que sea el usuario el que encargue el transporte de los bienes o el transportista elegido no estuviera entre los propuestos por el empresario, el riesgo se transmitirá al usuario con la entrega de los bienes al transportista, sin perjuicio de sus derechos frente a éste.